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Término que posee varias significaciones, entre ellas: a) Capacidad para poder exigir obediencia a otro, el cual mantiene una relación de subordinación con respecto al primero. b) Conjunto de personas o instituciones que detentan el poder y ejercen el mando. c) Según el Diccionario de la Real Academia Española, también "potestad que en cada pueblo ha establecido su Constitución para que lo rija o gobierne, ya dictando leyes, ya haciéndolas observar, ya administrando justicia". Desde el punto de vista ético-político, una autoridad únicamente podrá ser considerada como legítima cuando sea representante de la voluntad popular, es decir, cuando haya sido elegida por procedimientos democráticos, y su actuación sea respetuosa con los Derechos Humanos.
Se conoce con el nombre de teorías del Contrato social a las que defienden que la constitución de la sociedad y de sus normas de convivencia política fue debida a un acuerdo entre los ciudadanos, es decir, a las que creen que el Estado surge como consecuencia de un pacto entre los seres humanos. En síntesis, estas teorías parten de las siguientes afirmaciones: - Al principio los hombres vivían en estado de naturaleza, es decir, vivían solos y aislados entre sí, manteniendo únicamente relaciones ocasionales y nunca estables. - En ese estado de naturaleza, los individuos gozaban de absoluta libertad y, por tanto, eran poseedores de derechos ilimitados. - Debido a diversas circunstancias, los seres humanos decidieron fundar la sociedad, con el objetivo de garantizar su supervivencia o de alcanzar un mejor nivel de vida. - La creación de la sociedad se produjo mediante un contrato: los seres humanos cedieron toda o una parte de su libertad y derechos, a cambio de ganar seguridad, paz y garantías en el ejercicio de esos derechos. Las tres teorías clásicas del Contrato social fueron elaboradas por filósofos que vivieron en los siglos XVII y XVIII, inspirados por las ideas políticas del Empirismo y la Ilustración. Son las siguientes: 1ª. Hobbes parte del principio de que "el hombre es un lobo para el hombre", es decir, el ser humano es radicalmente egoísta y malo por naturaleza. Puesto que no existe restricción alguna sobre la libertad individual, los hombres se encuentran en un estado de guerra continua de todos contra todos. Pero como tal situación resulta insostenible, alcanzan un acuerdo con el fin de crear la sociedad: renuncian a todos sus derechos y a su libertad para lograr la paz y garantizar la vida. El poder queda en manos de una sola persona (el rey o jefe del clan), la cual lo ejerce de manera absolutista. Sólo mediante el castigo y la represión de los instintos naturales se puede evitar el egoísmo humano. Los hombres viven seguros a cambio de perder su libertad individual. Esta concepción justifica la existencia del Estado totalitario. Ahora bien, según vayan socializándose los ciudadanos (o sea, controlando su egoísmo), el Poder irá otorgándoles, poco a poco, ciertos derechos. 2ª. Según Locke, en cambio, los hombres viven en paz gozando de tres derechos naturales: a la vida, a la libertad y a la propiedad de los productos que obtienen con su trabajo. Los hombres se reconocen entre sí tales derechos gracias a la razón natural. Esta situación ideal, sin embargo, no es posible en la realidad, puesto que, según Locke, los derechos de cada uno colisionan a veces con los derechos de los demás. Aparece así la sociedad como resultado de un convenio entre los hombres: el Estado garantiza el ejercicio efectivo de los derechos naturales, actuando de árbitro en los casos donde los ciudadanos no alcanzan acuerdos entre sí. Se justifica así el Estado liberal, que se caracteriza por la división de poderes y por la mínima injerencia del Estado en las relaciones sociales, las cuales se autorregulan salvo en casos de conflictos, necesidad o respeto de los derechos naturales, únicas circunstancias donde los poderes públicos deberán intervenir. 3ª. Rousseau considera que "el hombre es bueno por naturaleza", por lo que vive feliz y ejerciendo libremente sus derechos. Pero la vida aislada lleva consigo la imposibilidad de defenderse de ciertas amenazas y la dificultad para conseguir alimentos, poniéndose en peligro así la supervivencia individual. Los hombres crean la sociedad renunciando a su propia libertad. Ésta, sin embargo, queda garantizada por la voluntad general de todos, de tal manera que el individuo acepta libremente la obediencia a las normas que dicta la voluntad general mayoritaria. Se fundamenta así el Estado democrático. Dentro de la filosofía del siglo XX, otros autores han vuelto sobre la idea originaria del Contrato social para fundamentar teóricamente nociones como justicia o democracia. Entre ellos merecen ser destacados J. Rawls, R. Nozick y J. Buchanan.
Uno de los fundamentos esenciales de cualquier sistema democrático y del Estado de derecho. En su formulación actual, este concepto fue utilizado originariamente por el filósofo francés del siglo XVIII Montesquieu, en su obra El espíritu de las leyes. La división de poderes es un mecanismo que evita la concentración del poder en una sola persona o institución, permitiendo un control democrático de las decisiones políticas. Montesquieu propuso una división tripartita del poder, sistema que es el más utilizado en los Estados contemporáneos. Así, el poder político queda dividido en: - Poder ejecutivo, encarnado en el gobierno, cuya función es la ejecutar (llevar a la práctica) las leyes aprobadas por los Parlamentos, y la de dirigir política y económicamente la vida de un país. - Poder legislativo, cuya responsabilidad recae en el Parlamento, órgano encargado de aprobar y derogar las leyes de un país. - Poder judicial, encarnado en los jueces y magistrados que componen los Tribunales de justicia, cuya función es la de vigilar el cumplimiento de la ley y sancionar los comportamientos contrarios a ellas. El rasgo que debe caracterizar a una división de poderes para que pueda ser considerada como democrático es el de la independencia de los poderes entre sí. Así, pues, cada poder tiene potestad sobre su campo de actuación, sin que los otros dos poderes puedan inmiscuirse en sus funciones. En el caso de que suceda esto último (por ejemplo, cuando el poder ejecutivo condiciona las funciones de los Parlamentos por estrategia de partido) asistimos a una perversión del sistema democrático. Otra característica importante de la división de poderes es la función de control y vigilancia que deben ejercer cada uno de los poderes con respecto a los otros dos, con el fin de evitar cualquier abuso de poder que pueda llevar a cabo alguno de ellos.
El término ‘Estado’ designa una sociedad organizada mediante instituciones políticas, judiciales, administrativas, etc., y que cuenta con un gobierno. El filósofo Kant lo definía ampliamente como "la unión de un conjunto de hombres bajo leyes jurídicas". Los rasgos necesarios que debe poseer un Estado son los siguientes: - Soberanía: literalmente la capacidad de elaborar y aprobar leyes y normas por parte del propio Estado, sin que esa capacidad pueda ser limitada –salvo que así lo haya decidido un Estado concreto, como, por ejemplo, los que conforman la Unión Europea– por otros Estados. Así, pues, el concepto de soberanía implica necesariamente el de independencia del Estado. - Ciudadanía: el conjunto de individuos que poseen la nacionalidad de ese Estado y que están sujetos a los derechos y deberes que emanan del propio Estado. - Territorio: el espacio físico sobre el que se ejerce la soberanía del Estado. - Una Constitución: o conjunto de leyes fundamentales que establecen la organización del poder en ese Estado y el conjunto de derechos y deberes de sus ciudadanos. - Instituciones: organismos jurídicos que constituyen y representan al Estado (gobierno, parlamento, poder judicial, etc.). - Personalidad jurídica: mediante ella es reconocido el Estado internacionalmente como una institución soberana e independiente, y en igualdad con otros Estados soberanos. En virtud de esa personalidad jurídica, el Estado puede suscribir acuerdos internacionales. - Sistema de impuestos: mediante los cuales, el Estado financia sus gastos públicos y sociales. Aunque no todos están de acuerdo, mayoritariamente se atribuye al filósofo y político renacentista, Maquiavelo, la autoría del término. Sin embargo, el término pronto cayó en desuso frente a otros similares, hasta que en el siglo XIX se generalizó su uso con la significación actual. En la Historia de la Filosofía se ha discutido mucho acerca de si el Estado era un organismo natural como creía Aristóteles ("el hombre es un animal político por naturaleza"), es decir, había existido, bajo distintas formas colectivas, desde que los hombres tuvieron uso de razón, o de si, al contrario, el Estado era un producto histórico creado por los humanos a partir de algún tipo de Contrato social, como defendieron los filósofos Hobbes, Locke, Rousseau o, más recientemente, Rawls. La moderna Antropología afirma que los hombres siempre han vivido en colectividad, por lo que desde sus mismos orígenes mantuvieron formas de convivencia social organizadas, de las cuales derivan, a través de una evolución histórica, las formas políticas y administrativas de los Estados actuales.
Estado de derecho equivale a Estado democrático. En él, la soberanía radica en el pueblo, del que emanan todos los poderes del Estado, los cuales se hallan sometidos, al igual que todos los ciudadanos, al imperio de la ley. Los rasgos esenciales del Estado de Derecho son: - Constituciones democráticas, donde deben estar incluidos todos los Derechos Humanos aprobados en la Declaración Universal de la ONU. - División de poderes, gracias a la cual sea efectivo y real la independencia de un poder con respecto a otro. Además, deben existir garantías constitucionales que eviten cualquier abuso de poder por parte de las instituciones y organismos públicos. - Tutela judicial: el Poder judicial queda obligado por ley a defender los derechos de los ciudadanos, protegiéndolos incluso de posibles arbitrariedades de las instituciones públicas. - Elección democrática del poder político a través del sufragio universal ejercido mediante elecciones periódicas.
También conocido como Estado Social de Derecho. Consiste en un tipo de organización del Estado, mediante el cual los poderes públicos intervienen en la vida económica y social con el fin de disminuir las desigualdades sociales. El fin que se persigue es el de conseguir un orden social justo. El medio del que se valen los poderes públicos consiste en una política fiscal progresiva, es decir, proporcionalmente pagan muchos más impuestos las clases ricas que las pobres. Con el dinero recaudado, se satisfacen las necesidades no cubiertas de estas últimas. Así, se intenta corregir el desequilibrio económico entre las clases favorecidas y las desfavorecidas de una sociedad. Por ejemplo, el Estado ayuda a los económicamente débiles mediante mecanismos como los siguientes: educación gratuita, sanidad pública, ayudas sociales, becas, menor presión fiscal, viviendas de protección oficial, etc. Habitualmente son los llamados partidos de izquierda (socialdemócratas, socialistas y comunistas) los que defienden este tipo de modelo, argumentando que la función básica del Estado consiste en redistribuir la riqueza según criterios de justicia social, a través de su acción en la sociedad (por ejemplo, estableciendo un salario mínimo o unas indemnizaciones por despido, exigiendo a las empresas unas cotizaciones altas a la Seguridad social, etc.). Sin embargo, los partidos políticos de derechas o conservadores suelen defender un modelo de Estado basado en el liberalismo (Estado liberal), según el cual los poderes públicos deben intervenir lo menos posible en las relaciones particulares entre los ciudadanos, las cuales deben ser promovidas por la iniciativa privada (empresas privadas, fundaciones particulares, asociaciones civiles, etc.). Critican al modelo del Estado del bienestar los altos costos económicos de sus políticas sociales, lo que contribuye a una menor creación de riqueza, ya que el capital prefiere invertir en Estados con menor presión fiscal. A su vez, los partidos de izquierda critican el modelo liberal –aun admitiendo su mayor capacidad para la creación de riqueza– porque fomenta las desigualdades sociales, dejando desprotegidas a las clases sociales más débiles.
La noción de ‘estado de naturaleza’ está directamente relacionada con las teorías de Contrato social elaboradas por pensadores como Hobbes, Locke y Rousseau. Se trata de una ficción teórica (los antropólogos afirman que no ha existido nunca en la realidad tal estado de naturaleza) que sirve como punto de partida para justificar que los seres humanos crearon la sociedad y sus normas de convivencia social a partir de un pacto o contrato. Según esta ficción teórica, en sus orígenes los seres humanos vivían aislados, es decir, sin constituir sociedades o comunidades estables. Puesto que aún no existía la sociedad, los hombres gozaban de una libertad absoluta, ya que no debían obedecer normas impuestas por algún tipo de poder. Así, los seres humanos disfrutaban de la totalidad de sus derechos individuales sin restricción alguna. Ahora bien, en un momento histórico concreto (y debido a diversas causas según sea el filósofo que argumenta el Contrato social: a la guerra continua, según Hobbes; a la dificultad para hacer efectivos esos derechos individuales, en el decir de Locke; al deseo de garantizar la subsistencia y mejorar en su bienestar, según Rousseau...), los hombres deciden acabar con el estado de naturaleza y crear una sociedad a partir de acuerdos entre ellos. Como resultado de la aparición del Estado, los seres humanos verán limitados sus derechos individuales aunque a cambio obtienen mejoras en sus condiciones materiales de vida, a la vez que aseguran una convivencia social.
Los términos ‘federal’ y ‘federalismo’ derivan del verbo ‘federar’ que significa "unir mediante alianza, unión o pacto entre varios". Ahora bien, en sentido político, el federalismo es un sistema donde varios Estados u organizaciones (por ejemplo, las secciones regionales de un sindicato), quienes se rigen por leyes propias e independientes, están sujetos en ciertas cuestiones a la autoridad de un órgano central. Un Estado federal es aquel que está compuesto por Estados particulares, cada uno de los cuales goza de soberanía propia (y, por tanto, de leyes diferentes entre sí), quienes pactan su unión política y deciden que existan unos órganos de poder centrales con capacidad de dictar leyes genéricas (por regla general, las que regulan la política exterior, la defensa de la nación y las relativas a una Constitución que es común para todos) que afecten a todos los Estados que pertenecen a esa Federación. Ejemplos de Estados Federales son los EE.UU. y Alemania.
Término que expresa la ausencia o falta de castigo, como consecuencia de una acción que debía merecerlo legalmente. Podemos distinguir dos tipos de impunidad: la privada (cuando afecta a individuos particulares) y la pública (cuando queda impune el Estado o alguna de sus instituciones). Propiamente sólo cabe hablar de impunidad legal, ya que la legalidad se apoya en la coacción física (el castigo, por ejemplo) como forma de obligar a su cumplimiento. En cambio, no es correcto estrictamente hablar de impunidad moral (suele aplicarse en muchas ocasiones para referirse a un acto inmoral del que no se conoce su autor), ya que los mandatos éticos no son coactivos físicamente ni implican castigos por su incumplimiento.
Nombre con el que también se conoce a las teorías de Contrato social. Por extensión, también se aplica a la tendencia política que busca alcanzar pactos con las fuerzas políticas rivales para gobernar a través del consenso.
El significado más habitual del sustantivo ‘poder’ es: capacidad para ordenar o ejecutar una tarea. Así, por ejemplo, cuando digo "puedo aprobar la asignatura" o "puedo exigirte que me obedezcas". Sin embargo, frecuentemente también se utiliza con el siguiente significado: dominio que ejercen unos sujetos sobre otros. La filosofía –fundamentalmente la filosofía política– y la ética han hecho del poder uno de sus temas de reflexión. Cuando decimos el Poder (con mayúsculas) nos referimos a las instituciones que detentan los poderes políticos, sociales, económicos y culturales, es decir, básicamente al Estado como encarnación de ese conjunto de poderes. En nuestra lengua existen muchas expresiones que reflejan distintos grados o clases de poder. Por ejemplo: - Poderes públicos: las autoridades que representan a los poderes del Estado. - Poder ejecutivo: el gobierno. - Poder absoluto: aquel que se ejerce sin ningún tipo de control por parte de otros poderes que lo puedan limitar; etc. Como es lógico, no existe una sola forma de poder. Así, en la sociología se han establecido numerosas clasificaciones del poder, atendiendo a diferentes aspectos bajo los que puede ser contemplado. Por ejemplo: - Aspectos políticos: poder democrático, dictatorial, etc. - Aspectos numéricos: poder colectivo, poder unipersonal, etc. - Ámbitos de actuación: poder político, económico, ideológico, etc. El poder no es un concepto puramente abstracto, sino que se encarna y se manifiesta en personas, instituciones y situaciones cotidianas de nuestra vida. Una condición básica del poder (salvo el que uno puede ejercer sobre su propio cuerpo) es la de que existan al menos dos personas que estén unidas por lo que se conoce como relación de poder, es decir, una que tiene capacidad de ordenar y otra que se encuentra obligada a obedecer. Estas relaciones de poder se caracterizan por los siguientes rasgos: - La coacción: es decir, la posibilidad de ejercer la fuerza sobre alguien, de tal manera que esté obligado a obedecer necesariamente. Esta coacción suele expresarse mediante el castigo: aquel que no cumpla las órdenes dictadas por el poder, podrá ser castigado. Un ejemplo claro de la coacción lo tenemos en la obligatoriedad de cumplir con las leyes del Estado (la Autoridad). Éste dispone de fuerza política (el ser el órgano de poder supremo de una nación), de fuerza legislativa (el aprobar las leyes vigentes), de fuerza física (la policía) y de fuerza represora (la cárcel) para hacerse obedecer. Sin embargo, la coacción del poder no sólo se ejerce mediante el uso de la fuerza física. En muchas ocasiones existe un tipo de coacción moral o ideológica, como, por ejemplo, el ejercido por algunas religiones, organizaciones, líderes, etc. -La obligación: en toda relación de poder es necesario que exista una obligación por parte de un sujeto sometido al poder, y la capacidad para poder ordenar esa obligación por parte del que ejerce el poder. - La jerarquía: En las relaciones de poder los individuos no ocupan la misma posición, sino que uno se encuentra por encima del otro, precisamente porque tienen poder sobre él.
Concepto político que proviene de la llamada división de poderes, teoría según la cual el poder debe estar dividido en tres órganos independientes (y que se controlen entre sí) para asegurar la existencia de un sistema democrático: poder legislativo (parlamentos), poder judicial (jueces) y poder ejecutivo (gobierno). Su nombre proviene de que el gobierno es el encargado de ejecutar (poner en práctica) las leyes.
Dominio, poder o jurisdicción que se posee sobre personas, actos o cosas. ‘Tener potestad’ equivale a ‘tener poder para ordenar algo’. El concepto ‘patria potestad’ significa, según la RAE, "autoridad que los padres tienen, con arreglo a las leyes, sobre sus hijos no emancipados".
Se conoce como Razón de Estado los móviles que llevan a instituciones del Estado a actuar buscando el mayor bien posible para una mayoría muy amplia de sus ciudadanos. Por tanto, se invoca la Razón de Estado cuando las cuestiones sobre las que se va a actuar afectan a la práctica totalidad de la población y a sus instituciones políticas y sociales, es decir, al Estado en su conjunto. Por ejemplo, llevar a cabo acciones que garanticen la seguridad nacional. En relación con la ética, la teoría de la Razón de Estado ha dado y sigue dando lugar a conflictos morales, sobre cuya resolución discrepan los ciudadanos, mostrándose unos claramente a favor de dicha teoría, otros en contra y el resto, sin estar abiertamente a favor, mostrando al menos cierta tolerancia para con la misma. La teoría defiende que el Estado puede saltarse la legalidad (obviamente también la moralidad), cuando están en juego intereses generales que afectan a toda la nación. En este caso, la acción de las instituciones queda justificada –según la Razón de Estado– por el hecho de que el fin que se espera alcanzar con esas acciones beneficia claramente a la práctica totalidad de ciudadanos (maquiavelismo moral). Por ejemplo, los servicios secretos de un país se olvidan de la legalidad vigente y vulneran derechos individuales de ciertas personas (espían sus comunicaciones telefónicas sin una orden judicial, vulnerando sus derechos a la intimidad y al secreto de sus comunicaciones telefónicas) con el fin de obtener información sobre aspectos estrechamente vinculados a la seguridad nacional. La teoría de la Razón de Estado ha servido para justificar la creación de grupos parapoliciales, agresiones a grupos políticos o ideológicos, torturas con fines de obtener información clave para el Estado, etc.
El nombre proviene de los vocablos latinos ‘res’ y ‘publica’, y literalmente significa ‘la cosa o el asunto público’, aunque ya desde la época de la filosofía clásica se utilizaba el término ‘república’ para designar al Estado y, por extensión, a cualquier sociedad organizada políticamente. Por ejemplo, para Rousseau, república es "todo Estado regido por leyes, sea cualquiera la forma de administración que adopte, porque sólo entonces es el interés público el que gobierna". Sin embargo, el concepto fue cambiando a lo largo del tiempo, adquiriendo un significado político más preciso. En la actualidad, el término designa a cualquier Estado que no sea una Monarquía. Lo que caracteriza a esta última es que la Jefatura de Estado se transmite hereditariamente por línea sucesoria, mientras que en la República la Jefatura de Estado es elegida mediante procedimientos electivos, siendo el cargo renovable cada cierto periodo de tiempo. Existen diversos tipos de repúblicas: democráticas (los poderes públicos se eligen por sufragio universal), socialistas (que incluyen formas políticas marxistas) e incluso absolutistas o autoritarias (Estados cuya Jefatura es vitalicia, por ejemplo).
Concepto estratégico político que determina qué condiciones son indispensables para mantener la seguridad de la nación a salvo de agresiones internas o externas, y también en lo relativo al mantenimiento de infraestructuras esenciales para el funcionamiento de áreas en la vida de un país como la energía, la política de armamentos, los órganos de poder, etc. Dicho criterio se considera como uno de los más relevantes (o el más relevante, en ocasiones) para el interés general de los ciudadanos. Para garantizar la seguridad nacional, el gobierno y los demás órganos de poder de un Estado tienen facultades legislativas y ejecutivas. Cuentan igualmente con instituciones u organizaciones encargadas especialmente de velar por esa seguridad, como pueden ser los servicios secretos, los cuerpos de seguridad, el ejército, órganos encargados de garantizar la seguridad en el uso y producción de energía, etc. En relación con la ética, el concepto de seguridad nacional ha provocado profundos debates acerca de los límites morales del mismo. Por regla general, los Estados anteponen dicha seguridad a cualquier otra consideración, lo que lleva en ocasiones a justificar moralmente intervenciones de los servicios secretos, por ejemplo, contra algunos Derechos Humanos, justificando dichas acciones bajo el principio del interés general y el beneficio social que reporta a la seguridad nacional. En cambio, muchos moralistas critican este maquiavelismo moral, puesto que consideran que el respeto a los derechos debe estar siempre por encima de otros criterios.
En sentido político expresa el carácter de poseer la autoridad suprema, es decir, es soberano aquel que tiene el poder. En los sistemas democráticos la soberanía reside en el pueblo. Quiere esto expresar que el conjunto de todos los ciudadanos con derecho a voto decide libre y democráticamente quiénes detentarán los poderes políticos de un Estado. Cuando nos referimos a que los Estados son soberanos queremos decir que ellos tienen el poder de administrarse a sí mismos a través de sus propias leyes.
Concepto introducido por el filósofo del siglo XX, John Rawls, para fundamentar la imparcialidad de las decisiones sociales basadas en un acuerdo mutuo. Su desarrollo conceptual está recogido fundamentalmente en su conocida obra: Teoría de la Justicia. Rawls parte de la idea siguiente: si una sociedad quiere ser justa, sus miembros deben pactar (contrato social) las condiciones necesarias para alcanzar acuerdos que propicien una auténtica justicia social, y deben llevar a cabo tal consenso evitando caer en la arbitrariedad o en la parcialidad (que yo resulte más beneficiado que los demás). Para ello serán necesarios los siguientes acuerdos mínimos: - La aceptación de que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y socialmente. - La decisión de respetar íntegramente la libertad de todos. - Que exista lo que él llama un ‘velo de ignorancia’ en la toma de decisiones, es decir, que los ciudadanos acuerden los principios de justicia social sin saber previamente si van a salir beneficiados o desfavorecidos con ellos. Es decir, que las decisiones acordadas sean imparciales. - Que en caso de necesidad, los principios que se acuerden favorezcan siempre a los más necesitados socialmente, aunque eso lleve consigo el perjuicio de colectivos de ciudadanos con mejores condiciones de vida.
Concepto creado por el filósofo J. J. Rousseau para expresar la voluntad de la totalidad de ciudadanos que se encuentran unidos por un interés común dentro del Estado. El propio Rousseau establece una diferencia fundamental entre la voluntad mayoritaria democrática (a la que él denomina ‘voluntad de todos’) y la voluntad general. Escribe: "ésta [la voluntad general] no tiene en cuenta más que el interés común; la otra contempla el interés privado, y no es más que una suma de voluntades particulares (...). Lo que generaliza la voluntad no es tanto el número de votos cuanto el interés común que los une". Es decir, mientras que la voluntad de todos consiste en la suma de votos y en seguir la decisión de la mayoría, en la voluntad general se recoge la voluntad unánime de todos los ciudadanos en cuanto se trata de alcanzar un interés común, no para una mayoría, sino para todos. Según Rousseau, los seres humanos tras decidir fundar la sociedad y el Estado voluntariamente limitan el uso de los derechos individuales de los que gozaban en el estado de naturaleza al interés general de la sociedad.
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